Declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 9 de diciembre de 1975)

Se define que se entiende por tortura todo acto por el cual un funcionario público, u otra persona a instigación suya, "inflija intencionalmente a una persona penas o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confensión"...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Formato: Texto
Materias:
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!