Exploración minera amenaza comunidades indígenas

Las poblaciones indígenas de las zonas de Talamanca están amenazadas por la explotación minera. Después de 1990 han habido, al menos, 43 solicitudes de empresas transnacionales y no ha existido ninguna oposición por parte del gobierno, el cual es el encargado de velar por la protección ambiental y...

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Sumario:Las poblaciones indígenas de las zonas de Talamanca están amenazadas por la explotación minera. Después de 1990 han habido, al menos, 43 solicitudes de empresas transnacionales y no ha existido ninguna oposición por parte del gobierno, el cual es el encargado de velar por la protección ambiental y por la defensa de las comunidades indígenas. Muchas de las solicitudes no contienen planes de exploración ni referencias financieras de la concesión, además presentan estudios de impacto ambiental con serias deficiencias. Por otra parte, la legislación costarricense estipula que sólo los proyectos de ley que sean aprobados por el Congreso podrán ejercer la explotación privada de los recursos dentro de las reservas indígenas. La Refinería Costarricense de Petróleo (RECOPE) ha promovido la exploración de minerales en diferentes regiones del país donde existen comunidades indígenas como San José Cabecar y Bribrí. Las actividades mineras en las comunidades indígenas tal y como se llevan a cabo, violan las normas y recomendaciones estipuladas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde se establece el derecho a la propiedad colectiva a favor de los miembros de las comunidades sobre las tradicionalmente ocupadas por ellos. Sin el consentimiento de los habitantes no se les puede trasladar a otros sitios, salvo en caso de seguridad nacional, desarrollo económico del país o por motivos de salud de sus pobladores. Las comunidades deben participar siempre que sea posible de los beneficios que reporten las actividades de exploración y recibir una remuneración equitativa de acuerdo a los daños sufridos. OB/MR
Notas:Colección Centroamérica
Descripción Física:páginas 8-9