Análisis Jurídico del Decreto 50. Denominado "Derecho 50 o Ley de Procedimientos Penales Aplicables al Suspenderse las Garantías Constitucionales"

Del análisis se concluyo que el Decreto No. 50 Ley de Procedimientos Penales Aplicables al Suspenderse Las Garantías Constitucionales es absolutamente inconstitucional porque 1. Se crea sin la iniciativa o propuesta de la Corte Suprema de Justicia, viola los artículos 133 numeral 3 y 131 numeral 31...

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Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Socorro Jurídico Cristiano "Arzobispo Oscar Romero"
Formato: Libro
Lenguaje:Spanish
Publicado: San Salvador, El Salvador 1984 Socorro Jurídico C.
Materias:
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520 3 |a Del análisis se concluyo que el Decreto No. 50 Ley de Procedimientos Penales Aplicables al Suspenderse Las Garantías Constitucionales es absolutamente inconstitucional porque 1. Se crea sin la iniciativa o propuesta de la Corte Suprema de Justicia, viola los artículos 133 numeral 3 y 131 numeral 31 de la Constitución política. No se escuchó la opinión respecto al decreto de el máximo Tribunal de Justicia que es la instancia competente de ver lo técnico en esta materia. 2 Establece tácitamente el estado de sitio para todo el año 1984 y principios de 1985, lo que es contrario al artículo 29 de la Constitución Política que señala un máximo de 30 días para suspensión de las garantías constitucionales. 3 Es una ley de materia penal que según su texto se aplicará retroactivamente a los reos acusados de delitos políticos con anterioridad a la promulgación y publicación por lo que viola el artículo 21 de la Constitución Política que inicia que las leyes no pueden tomar efecto retroactivo, salvo en materia de orden público, y en materia penal cuando la nueva ley sea favorable al delincuente. Desde el 28 de febrero se ha producido un vacío de ley porque no hay procedimiento ni ley preestablecida para juzgar a los reos políticos por lo tanto su detección es ilegal y lo que procede es ponerlos en libertad, sin embargo el Decreto 50 analizad para llenar el anterior vacío establece que su aplicación será retroactiva lo que viola el principio de constitucionalidad del artículo 21. 4. Se somete a los menores de 16 años a la jurisdicción de los tribunales militares para la aplicación de las medidas titulares; lo que viola el artículo 35 de la Constitución Política que habla sobre la garantía de la salud física y mental de los menores. 5. El Decreto 50 aún no ha sido publicado en el Diario Oficial, hasta el 20 de marzo se había publicado y la aplicación se esta dando por publicación en la Gaceta del 15 de febrero y de manera retroactiva. 6. Es inconstitucional porque deja parcialmente vigente para su aplicación el Decreto 507 y sus reformas el 943 contrariando así el artículo 251 de la Constitución Política que los deroga definitivamente. Por las razones anteriores Socorro Jurídico Cristiano "Arzobispo Oscar Romero" denuncia a la opinión pública nacional e internacional que se pretende seguir gobernando al pueblo Salvadoreño en estado de sitio, existe la tendencia a atropellar los derechos humanos y que el Decreto 50 expresa la intención de continuar gobernando con cientos de reos políticos en las cárceles, sin un procedimiento jurídico imparcial. 
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