Poder constitucional y poder legislativo /

Se indica que con el establecimiento de la Sala Constitucional se abre una interesante discusión a nivel nacional tendiente a definir los alcances entre el Poder Legislativo y el control constitucional, o sea, sobre los límites entre ambas instituciones. Se ahonda en la idea fundamental de la divisi...

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Autor principal: Alvarez Desanti, Antonio
Formato: Texto
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100 |a Alvarez Desanti, Antonio  
245 |a Poder constitucional y poder legislativo /  |c Antonio Alvarez Desanti 
520 |a Se indica que con el establecimiento de la Sala Constitucional se abre una interesante discusión a nivel nacional tendiente a definir los alcances entre el Poder Legislativo y el control constitucional, o sea, sobre los límites entre ambas instituciones. Se ahonda en la idea fundamental de la división de poderes, la lógica de esta medida es el evitar la conmcentración de poder en pocas manos y mediante la división de potestades para su ejercicio establecer un sistema de frenos y contrapesos que le garantice a los administrados el libre ejercicio de sus derechos. Dentro de los límites del respeto a la división de poderes y la búsqueda de equilibrio entre estos, en 1989 se promulgó la Ley de Jurisdicción Constitucional, mediante la cual se creó la jurisdicción constitucional como uno de los instrumentos del Poder Judicial para mantener el principio de división de poderes, defrenos y contrapesos y en este caso, de garantí de los derechos constitucionales para los administrados. Por lo anterior se estima que en Costa Rica el funcionamiento de la Sala Constitucional, constituye una garantía plena del respeto a los derechos constitucionales. LOB/LOB  
650 |a SISTEMAS POLITICOS  
650 |a PODER POLITICO  
650 |a PODER LEGISLATIVO  
650 |a CONSTITUCIONES  
650 |a REFORMA CONSTITUCIONAL  
650 |a DICTADURA  
650 |a PODER EJECUTIVO  
650 |a ESTADO  
773 |g volumen 3, número 3; páginas 15-34  
999 |c 39411  |d 39411