Protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), del 16 de diciembre de 1966, entrada en vigor: 23 de marzo de 1976
Se menciona los distintos aspectos que conforman el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Se indica que todo Estado que sea parte del Pacto debe reconocer la competencia del Comité para recibir y considerar comunicaciones de individuos que se hallen bajo la j...
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Sumario: | Se menciona los distintos aspectos que conforman el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Se indica que todo Estado que sea parte del Pacto debe reconocer la competencia del Comité para recibir y considerar comunicaciones de individuos que se hallen bajo la jurisdicción de ese Estado, se agrega que cualquiera de los derechos mencionados en el Pacto y cuando se agoten todos los recursos internos disponibles podrá someterse a consideración del Comité mediante una comunicación escrita. Este Protocolo tiene la finalidad de proteger a los ciudadanos de todo tipo de violaciones que no hayan sido atendidas por su Estado respectivo, o sea busca que en la región centroamericana se pueda dar una verdadera justicia social, donde se cubra a toda la población y no solamente a pequeñas partes de ésta. OB/LOB |
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