La Legislación universitaria y la integración iberoamericana: organismos de coordinación (segunda parte) /

El documento presenta un estudio comparativo que señala la necesidad de consignar un instrumento jurídico de creación de la comunidad, el tema de la Universidad y su papel a ejercer en el desarrollo de la ciencia y la tecnología y su trascendencia en la aplicación de su autonomía. Los países analiza...

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Autor principal: Franco Arbelaez, Agusto
Formato: Texto
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100 |a Franco Arbelaez, Agusto  
245 |a La Legislación universitaria y la integración iberoamericana:   |b organismos de coordinación (segunda parte) /  |c Agusto Franco Arbelaez 
520 |a El documento presenta un estudio comparativo que señala la necesidad de consignar un instrumento jurídico de creación de la comunidad, el tema de la Universidad y su papel a ejercer en el desarrollo de la ciencia y la tecnología y su trascendencia en la aplicación de su autonomía. Los países analizados son: Chile, Ecuador, Venezuela, Bolivia, Perú, Colombia y España. Se estudia la legislación uviversitaria y su participación o no en organismos de integración, también se refiere a los grados y títulos académicos, siempre dentro del marco legislativo, así como de los profesores y estudiantes. Las conclusiones apuntan a la necesidad de consignar en el instrumento jurídico de creación de la Comunidad, el tema de la Universidad, su papel en el desarrollo de la ciencia y la tecnología y la importancia de darle autonomía para su libre investigación y manejo. En cuanto a los sistemas universitarios de los diferentes países ellos podrían permanecer como tales, pero también pensarse en la creación de uno regional y supranacional que cubra a Iberoamérica y esté dotado de instrumentos de planeación y coordinación que tengan que ver con la orientación, el fomento y los avances de la financiación de acciones o proyectos específicos de todos los miembros. La disponibilidad y calidad de profesores debe ser permanente, en cuanto a los estudiantes, deben abrirse las puertas de ingreso para ellos en cualquiera que sea la institución de su preferencia sin distingos de nacionalidad, de esta forma, la Universidad al igual que el Parlamento habrá de ser en su campo una de las instituciones fundamentales para la puesta en funcionamiento de la comunidad. HB/MR  
650 |a ASPECTOS JURIDICOS  
650 |a UNIVERSIDADES  
650 |a LEGISLACION SOCIAL  
650 |a INVESTIGACION  
650 |a FINANCIAMIENTO  
650 |a DOCENTES  
650 |a ESTUDIANTES  
650 |a EDUCACION  
650 |a DOCENTES  
650 |a ESTUDIANTES  
650 |a UNIVERSIDADES  
773 |g volumen 16, número 1; páginas 31-63  
999 |c 37804  |d 37804