Acuerdo de alcance parcial de complementación económica México-Costa Rica (Tratado de Libre comercio: resumen)

El Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica México-Costa Rica (Tratado de Libre Comercio TLC), por su contenido y alcance representa un hecho importante en la historia de las relaciones económicas a nivel latinoamericano. El Tratado contempla el mutuo otorgamiento de ventajas arancela...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Formato: Texto
Lenguaje:Spanish
Materias:
Etiquetas: Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!

MARC

LEADER 00000 a a2200000 04500
001 11321
003 cru CIDCACS/IIS
005 20230518115209.0
008 230518b |||||||| |||| 00| 0 spa d
040 |c cru CIDCACS/IIS 
245 |a Acuerdo de alcance parcial de complementación económica México-Costa Rica (Tratado de Libre comercio: resumen)  
500 |a Colección Centroamérica 
520 |a El Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica México-Costa Rica (Tratado de Libre Comercio TLC), por su contenido y alcance representa un hecho importante en la historia de las relaciones económicas a nivel latinoamericano. El Tratado contempla el mutuo otorgamiento de ventajas arancelarias conforme a tres períodos de desgravación que darán forma a una zona de libre comercio para el año 2005. Cuando entre a funcionar el Tratado los exportadores mexicanos entrarán con sus productos con un arancel cero. El Acuerdo contiene disposiciones en materia de trato nacional, acceso de bienes, sector agropecuario, medidas fitosanitarias y zoosanitarias, procedimientos aduaneros, prácticas desleales de comercio internacional y subsidios, comercio de servicios, entrada temporal de personas y negocios, normas técnicas, compras del sector público, inversión, propiedad intelectual, información, publicación y garantías de audiencia y legalidad, administración del tratado, solución de controversias, entre otras. Con todo ello se busca la expansión del comercio de las partes, eliminando barreras al comercio y facilitando la circulación de bienes y servicios entre las mismas, promover las condiciones de una competencia leal en el comercio bilateral, aumentar de forma importante las oportunidades de inversión, proteger y hacer valer de forma adecuada los derechos de propiedad intelectual y crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del Tratado, así como para la administración conjunta y la solución de controversias. Finalmente se indica que cualquier país podrá unirse al Tratado sujetándose a los términos y condiciones que sean convenidos. OB/ALJ  
650 |a CONVENIOS COMERCIALES  
650 |a ACUERDOS INTERNACIONALES  
650 |a ACUERDOS ARANCELARIOS  
650 |a RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES  
650 |a POLITICA ECONOMICA  
650 |a GATT  
650 |a INVERSIONES EXTRANJERAS  
650 |a PROPIEDAD INTELECTUAL  
650 |a SECTOR PUBLICO  
651 0 |9 32  |a COSTA RICA 
651 0 |9 3410  |a MEXICO 
773 |g volumen 25, 93:; páginas 13-18  
773 0 |0 44696  |9 8542  |a Instituto Centroamericano de Estudios Políticos  |d Guatemala: INCEP, 1970-  |o 22830  |t Panorama Centroamericano:  
942 |2 ddc  |c PP 
999 |c 34196  |d 34196