Los decretos de la Sra. Chamorro un "jaque mate" al Estado de derecho en Nicaragua /
Con la suspensión de la Ley del Servicio Civil se pierde la garantía de estabilidad laboral, esto por parte de las personas que trabajan para el Estado o para los entes autónomos. La presidenta Chamorro por medio de un decreto dejó sin validez esta ley, pero se argumenta que esto es inconstitucional...
Guardado en:
Autor principal: | |
---|---|
Formato: | Texto |
Lenguaje: | Spanish |
Materias: | |
Etiquetas: |
Agregar Etiqueta
Sin Etiquetas, Sea el primero en etiquetar este registro!
|
MARC
LEADER | 00000 a a2200000 04500 | ||
---|---|---|---|
001 | 488 | ||
003 | cru CIDCACS/IIS | ||
005 | 20230110131304.0 | ||
008 | 230110b |||||||| |||| 00| 0 spa d | ||
040 | |c cru CIDCACS/IIS | ||
100 | |a Miranda Saénz, Adolfo | ||
245 | |a Los decretos de la Sra. Chamorro un "jaque mate" al Estado de derecho en Nicaragua / |c Adolfo Miranda Saénz | ||
500 | |a Colección Centroamérica | ||
520 | |a Con la suspensión de la Ley del Servicio Civil se pierde la garantía de estabilidad laboral, esto por parte de las personas que trabajan para el Estado o para los entes autónomos. La presidenta Chamorro por medio de un decreto dejó sin validez esta ley, pero se argumenta que esto es inconstitucional, si bien es cierto no se ha dictado el reglamento de esta ley ésta empieza a funcionar en el momento mismo de su publicación. Chamorro, esta previniendo que declaren un recurso de inconstitucionalidad a su decreto, de allí su intención de mantener en la Asamblea una reforma a la Ley de Servicio Civil. Con el acuerdo entre los trabajadores y el Ministerio de Trabajo no se dejó sin efecto la ley, sino que no se va a despedir a nadie y se reintegrará a su trabajo a los despedidos, mientras reglamentan la dicha ley. En forma general se están dando una serie de descontentos en el sector agropecuaro a causa de la Ley de Arrendamiento Provisional de Tierras, donde se estipula que las personas que eran propietarias y que sus tierras fueron confiscadas por el Estado, tienen el derecho de solicitar que se las otorguen en alquiler. Si esta tierra que se solicita para alquilar está en manos de un campesino o una cooperativa, según la ley, no podrá ser dada en arrendamiento, sólo califican las que son manejadas por el Estado. Otro decreto es el de Confiscaciones, donde no se hace ninguna excepción y señala que cualquiera que haya sido confiscado tiene el derecho a pedir la revisión de la confiscación, de esta forma hasta el hijo de Somoza puede llegar a pedir revisión de las confiscaciones, por otra parte, se mencionan los criterios que se seguirán para determinar si una confiscación fue justa o no. Todas estas leyes se caracterizan por ser, todas ellas, inconstitucionales y por atender contra el bienestar de las mayorías. OB/MR | ||
650 | |a LEGISLACION | ||
650 | |a PODER LEGISLATIVO | ||
650 | |a ESTADO | ||
650 | |a HUELGAS | ||
650 | |a SECTOR AGROPECUARIO | ||
650 | |a TENENCIA DE LA TIERRA | ||
650 | |a FUERZAS ARMADAS | ||
650 | |a CAMPESINADO | ||
773 | |g número 67; páginas 11-15 | ||
773 | 0 | |0 43158 |9 4970 |a Centro Ecuménico Antonio Valdivieso |d Managua, Nicaragua: Centro Ecuménico Antonio Valdivieso |o 07667 |t Amanecer: | |
942 | |2 ddc |c PP | ||
999 | |c 33099 |d 33099 |