La Ley Orgánica del Ambiente y la institucionalidad para el desarrollo sostenible /
La transnacionalización de la economía y la globalización redefinen las relaciones entre los países pobres en tecnología y capitales pero con una gra riqueza biológica y los países del mundo desarrollados, con tecnologías muy avanzadas pero con un patrimonio natural degradado. Dentro de este marco l...
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Sumario: | La transnacionalización de la economía y la globalización redefinen las relaciones entre los países pobres en tecnología y capitales pero con una gra riqueza biológica y los países del mundo desarrollados, con tecnologías muy avanzadas pero con un patrimonio natural degradado. Dentro de este marco los países ubicados en los trópicos, representan una fuente de recursos naturales, renovables y no renovables de cuya extracción y explotación depende la ampliación de los capitales y las industrias del mundo desarrollado. Dentro de esta visión el mercado se ha eregido como la gran institución, pero este es incapaz internalizar los costos ambientales, además de que no valora la asignación intergeneracional de los recursos y servicios de la naturaleza, resulta evidente la necesidad de la participación de las comunidades y las organizaciones de la sociedad civil de frente a asegurar el acceso de las poblaciones locales a los recursos y servicios de la naturaleza y de incidir en la asignación y aprovechamiento racional de la base de los recursos naturales. La ley del ambiente, se describe a su vez como un proyecto de buenas intenciones inpregnada de u fuerte matiz estatizante, se ve como una oportunidad no aprovechada del todo para ir creando la base de una institucionalidad mínima para el desarrollo sustentable por medio de una legislación rectora y uniformadora de los principales tópicos que confluyen en el tema de la sustentabilidad. LOB/LOB |
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