Los Estatutos internos de los partidos políticos /

Es lamentable que no se haya producido una transformación institucional en el campo electoral que permita pasar de una legislación cuyo propósito fundamental es la garantía de la pureza del sufragio a una donde, además de regular esa materia, norme otros aspectos no menos importantes, como lo es la...

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Autor principal: Castillo Víquez, Fernando
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Sumario:Es lamentable que no se haya producido una transformación institucional en el campo electoral que permita pasar de una legislación cuyo propósito fundamental es la garantía de la pureza del sufragio a una donde, además de regular esa materia, norme otros aspectos no menos importantes, como lo es la actividad y la organización de los partidos políticos, tal como se ha hecho en otros países hace ya varios años, mendiante la promulgación de una ley especial. El impacto que ha causado la desaparición del esquema histórico que emergió de la Segunda Guerra Mundial y el avance en la información y la tecnología en la organización y el funcionamiento de los partidos políticos, es un hecho innegable. Por otra parte la crisis de los partidos políticos se ha agudizado por la lucha, entre las fracciones que lo conforman, por el "control" de los órganos de dirección y deliberación, así como los puestos de elección. Las causas de la crisis no están claras por la falta de investigaciones en este tema. Con el presente estudio se pretende aportar en el tratamiento de los estatutos internos de los partidos políticos. Desde esta perspectiva analizan varios tópicos que son de importancia y que deberían ser tomados en cuenta por los órganos electorales en la resolución de los conflictos que se presentan en la actualidad y a futuro en el seno de las asociaciones políticas de relevancia constitucional. Ellos son su naturaleza jurídica los estatutos internos como una fuente escrita del derecho electoral los estatutos internos como una expresión de la libertad política, en su aspecto colectivo su jerarquía su ámbito de aplicación los medios de impugnación y quiénes están legitimados para ejercerlos y los órganos competentes para fiscalizar su observancia. Al final del documento se señalan seis conclusiones, entre ellas: las normas contenidas en los estatutos internos son verdaderas normas jurídicas, por lo tanto, son de acatamiento obligatorio para sus miembros por lo que los órganos internos y electorales deben velar por su cabal cumplimiento. HB/ALJ