Acuerdo del cese al fuego efectivo y definitivo entre el gobierno de la República de Nicaragua y la Resistencia Nicaragüense
El gobierno de Nicaragua y la Resistencia Nicaragüense acordaron establecer un cese definitivo del fuego a partir del 19 de abril de 1990, bajo la condición de que los acuerdos serán cumplidos en forma estricta por ambas partes. Con el fin de que se cumpla lo pactado, los observadores de las Nacione...
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Formato: | Texto |
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Lenguaje: | Spanish |
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245 | |a Acuerdo del cese al fuego efectivo y definitivo entre el gobierno de la República de Nicaragua y la Resistencia Nicaragüense | ||
500 | |a Colección Centroamérica | ||
520 | |a El gobierno de Nicaragua y la Resistencia Nicaragüense acordaron establecer un cese definitivo del fuego a partir del 19 de abril de 1990, bajo la condición de que los acuerdos serán cumplidos en forma estricta por ambas partes. Con el fin de que se cumpla lo pactado, los observadores de las Naciones Unidas para Centroamérica (ONUCA) y el Cardenal Obando y Bravo, verificarán el cumplimiento de dicho documento; ellos además, decidieron establecer "zonas de seguridad" para evitar los problemas en ellas. El gobierno se comprometió a retirar en el período del 19 al 21 de abril de 1990 las fuerzas militares y paramilitares de las zonas de seguridad, excepto los poblados en donde se acordó que quedara una seguridad policial mínima. También se acordó la reubicación de dichas fuerzas de seguridad en otras regiones, verificadas por la ONUCA y el Cardenal; también, en esta fecha, los combatientes de la Resistencia Nicaragüense se dirigirán a las zonas de seguridad para comenzar la desmovilización. El gobierno nicaragüense se comprometió a respetar la libertad, la seguridad y la integridad física y moral de los miembros de la resistencia y de sus familiares. A su vez, el Cardenal Obando y Bravo se comprometió a cooperar y asistir a todas las etapas que conlleva el proceso de desmovilización, la verificación del cese del fuego efectivo y definitivo, la vigilancia de las zonas de seguridad delimitadas en que se concentrarán las fuerzas armadas de la resistencia. Al final se presenta un anexo sobre la cronología a seguir para el fiel cumplimiento de la desmovilización de las fuerzas de la Resistencia Nicaragüense. OB/MR. | ||
650 | |a GOBIERNO CENTRAL | ||
650 | |a FUERZAS ARMADAS | ||
650 | |a ORGANIZACIONES REVOLUCIONARIAS | ||
650 | |a DESARME | ||
650 | |a ONUCA | ||
650 | |a PROBLEMAS POLITICOS | ||
650 | |a CONDICIONES DE VIDA | ||
650 | |a DERECHOS HUMANOS | ||
650 | |a VIOLENCIA | ||
773 | |g número 67; páginas 25-26 | ||
773 | 0 | |0 43158 |9 4970 |a Centro Ecuménico Antonio Valdivieso |d Managua, Nicaragua: Centro Ecuménico Antonio Valdivieso |o 07667 |t Amanecer: | |
942 | |2 ddc |c PP | ||
999 | |c 28709 |d 28709 |