Memoria Congreso cooperativo 1992

El punto de partida es la concepción errónea, muy difundida, que lleva a situar en un mismo plano la empresa capitalista y la empresa cooperativa como resultados del fenómeno asociativo, visto únicamente como la unión de personas o empresas para conseguir un bien común de tipo económico. Con el plan...

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Formato: Desconocido
Publicado: San José: UCR. Facultad de Derecho
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520 |a El punto de partida es la concepción errónea, muy difundida, que lleva a situar en un mismo plano la empresa capitalista y la empresa cooperativa como resultados del fenómeno asociativo, visto únicamente como la unión de personas o empresas para conseguir un bien común de tipo económico. Con el planteamiento, el autor desea contribuir a la dilucidación de las diferencias existentes entre las bases ideológicas y estructurales de una empresa mercantil y una empresa cooperativa. De tal modo que la axiología en que se fundamenta la organzación cooperativa condiciona su estructura democrática, e igual condicionamiento se da en las empresas capitalistas, respecto al peso de capital sobre la voluntad unilateral de los socios. El artículo analiza en detalle el papel de la mutualidad y la empresa cooperativa y su relación con el fin de lucro. También brinda una ubicacion jurídico económica y social de la organización cooperativa se discute sobre el principio de igualdad en la cooperativa, los sujetos de las cooperativas y la limitación de las formas jurídicas, además sobre la empresa cooperativa dentro de la economía social. En síntesis, se considera que actualmente el cooperativismo se debe nutrir de la experiencia de la economía mundial de mercado, abriéndose a nuevas formas de organización empresarial que le den agilidad, eficiencia y efectividad a las empresas que surjan como el brazo económico y ejecutivo de las cooperativas. Las formas no deben de limitar el desarrollo económico del Cooperativimso, pero tampoco deben usarse modelos jurídicos reservados a la empresa capitalista, hasta el momento, sin realizar las previsiones o modificaciones pertinentes que aseguren un desarrollo dentro de la axiología cooperativista o que hagan perder el objetivo principal del cooperativismo que es la búsqueda del beneficio socioeconómico de los asociados a una coopertiva. HB/ALJ  
650 |a COOPERATIVAS  
650 |a CAPITAL  
650 |a DEMOCRACIA  
650 |a COMPORTAMIENTO ECONOMICO  
650 |a CAPITALISMO  
650 |a ASPECTOS JURIDICOS  
650 |a ASPECTOS SOCIALES  
650 |a DESARROLLO ECONOMICO  
999 |c 16007  |d 16007