Asistencia y protección de los detenidos en proceso de juicio / Hugo Alfonso Muñoz Quesada

El detenido en proceso de juicio es aquel sospechoso de haber cometido un delito, al cual la autoridad judicial le decreta prisión preventiva o provisional. Por su parte, el Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, llama acusado al detenido en proces...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Muñoz Quesada, Hugo Alfonso (Autor)
Formato: Desconocido
Lenguaje:Spanish
Publicado: San José: CICR-IIDH; 1985.
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520 |a El detenido en proceso de juicio es aquel sospechoso de haber cometido un delito, al cual la autoridad judicial le decreta prisión preventiva o provisional. Por su parte, el Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, llama acusado al detenido en proceso. Por otra parte, algunas personas definen de diferente forma los términos de detención preventiva y prisión, en razón de la autoridad que la ordena, la forma del auto y la gravedad de los indicios. Pero en este artículo ambos significados sone empleados como sinónimos. Se expone en forma general lo que es la detención preventiva, en donde se ve como una medida de precaución tomada por interés social, que consiste en someter a prisión al inculpado o sospechoso. Se señala que en América Latina y el Caribe, donde lo que rige es el Sistema Penal Continental, los porcentajes de presos sin condena son mayores que en los países en donde se utiliza el Sistema Penal Anglosajón, la diferencia responde a disposiciones legislativas y jurisprudenciales, luego por la negativa a la excarcelación. Se expone además, una serie de reglamentos que según el sistema penal establecido, debe de cumplir el detenido, tales como: traductor en caso de necesitarlo, el tiempo necesario para que prepare su defensa, el Estado debe proporcionar un defensor y, derecho de recurrir al fallo ante Juez o tribunal superior. Todo lo anterior plantea dudas sobre la aplicación de la prisión preventiva como instrumento, lo que hace necesario corregir estas situaciones. Los cambios se deben de dar en el plano legislativo, agilizando el proceso penal, además, debe aplicarse de forma más rápida el proceso de excarcelación. En la administración de justicia se deben de emplear los jueces idóneos, de modo que apliquen la justicia con rápidez y dejar de lado tantos formalismos, así como también se hace necesario definir en forma pronta la situación de los presos sin condena. OB/MR  
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